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Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

TÍTULO I — DIGNIDAD

13 párrafos · 8 preguntas generadas a partir de estos resaltados

Clave — cae casi seguroImportante — muy preguntadoRelevante — conviene fijarlo

Artículo 1

La dignidad humana es inviolable. Será respetada y protegida.

Artículo 2

1.1. Toda persona tiene derecho a la vida.

2.2. Nadie podrá ser condenado a la pena de muerte ni ejecutado.

Artículo 3

1.1. Toda persona tiene derecho a su integridad física y psíquica.

2.2. En el marco de la medicina y la biología se respetarán en particular:

3.a) el consentimiento libre e informado de la persona de que se trate, de acuerdo con las modalidades establecidas por la ley;

4.b) la prohibición de las prácticas eugenésicas, en particular las que tienen como finalidad la selección de las personas;

5.c) la prohibición de que el cuerpo humano o partes del mismo en cuanto tales se conviertan en objeto de lucro;

6.d) la prohibición de la clonación reproductora de seres humanos.

Artículo 4

Nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes.

Artículo 5

1.1. Nadie podrá ser sometido a esclavitud o servidumbre.

2.2. Nadie podrá ser constreñido a realizar un trabajo forzado u obligatorio.

3.3. Se prohíbe la trata de seres humanos.