Artículo 50 de la Constitución Española

Título I — De los derechos y deberes fundamentales · De los principios rectores de la política social y económica

Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.

Clave — cae casi seguroImportante — muy preguntadoRelevante — conviene fijarlo
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