Artículo 41 de la Constitución Española

Título I — De los derechos y deberes fundamentales · De los principios rectores de la política social y económica

Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.

Clave — cae casi seguroImportante — muy preguntadoRelevante — conviene fijarlo
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