Artículo 39 de la Constitución Española

Título I — De los derechos y deberes fundamentales · De los principios rectores de la política social y económica

1.Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.

2.Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad.

3.Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.

4.Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.

Clave — cae casi seguroImportante — muy preguntadoRelevante — conviene fijarlo
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