Artículo 32 de la Constitución Española

Título I — De los derechos y deberes fundamentales · Derechos y libertades · De los derechos y deberes de los ciudadanos

1.El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.

2.La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.

Clave — cae casi seguroImportante — muy preguntadoRelevante — conviene fijarlo