Artículo 104 de la Constitución Española

Título IV — Del Gobierno y de la Administración

1.Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.

2.Una ley orgánica determinará las funciones, principios básicos de actuación y estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad.

Clave — cae casi seguroImportante — muy preguntadoRelevante — conviene fijarlo

5 preguntas de examen sobre este artículo

Cada una nace de uno de los fragmentos resaltados arriba, y vuelve a aparecer cuando toca repasarlo.

Practicar Título IV, Gobierno y Administración